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Esto debe incluir:
c) Información sobre las políticas y prioridades nacionales, con indicación de las regiones y zonas geográficas, los países receptores, los beneficiarios, los grupos destinatarios, los sectores y la atención prestada a las cuestiones de género;
Las Partes que son países desarrollados deberán comunicar bienalmente información indicativa, de carácter cuantitativo y cualitativo, en relación con lo dispuesto en el artículo 9, párrafos 1 y 3, del Acuerdo de París, según corresponda, con inclusión de los niveles proyectados de recursos financieros públicos que se suministrarán a las Partes que son países en desarrollo, cuando se conozcan. Se alienta a las otras Partes que proporcionen recursos a que comuniquen bienalmente esa información de manera voluntaria.
Esto debe incluir:
a) Información ampliada, cuando se disponga de ella, a fin de tener una idea más clara de los niveles proyectados de recursos financieros públicos que se suministrarán a los países en desarrollo;
b) Información indicativa, de carácter cuantitativo y cualitativo, sobre los programas, que incluya los niveles proyectados, los cauces y los instrumentos, cuando se disponga de ella;
c) Información sobre las políticas y prioridades nacionales, con indicación de las regiones y zonas geográficas, los países receptores, los beneficiarios, los grupos destinatarios, los sectores y la atención prestada a las cuestiones de género;
d) Información sobre el propósito y los tipos de apoyo: la mitigación, la adaptación, las actividades transversales, la transferencia de tecnología y el fomento de la capacidad;
e) Información sobre los factores que toman en consideración los proveedores de financiación para el clima cuando evalúan las propuestas, con miras a orientar a los países en desarrollo;
f) Una indicación de los recursos nuevos y adicionales que se proporcionarán, y cómo se determina que dichos recursos son nuevos y adicionales;
g) Información sobre las circunstancias y limitaciones nacionales en relación con la presentación de información preliminar; h) Información sobre las metodologías y los supuestos empleados para proyectar los niveles de financiación para el clima;
i) Información sobre las dificultades y los obstáculos experimentados en el pasado, las lecciones aprendidas y las medidas adoptadas para superarlos;
j) Información sobre el modo en que las Partes procuran encontrar un equilibrio entre la adaptación y la mitigación, teniendo en cuenta las estrategias determinadas por los países y las necesidades y prioridades de las Partes que son países en desarrollo, en especial de las que son particularmente vulnerables a los efectos adversos del cambio climático y tienen limitaciones importantes de capacidad, como los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, y tomando en consideración la necesidad de recursos públicos y a título de donación para la labor de adaptación;
k) Información sobre medidas y planes para obtener financiación adicional para el clima como parte del esfuerzo mundial para movilizar financiación para el clima a partir de una gran variedad de fuentes, así como sobre la relación entre las intervenciones públicas previstas y los fondos privados movilizados;
l) Información sobre la forma en que el apoyo financiero permite atender eficazmente las necesidades y prioridades de las Partes que son países en desarrollo y respaldar las estrategias determinadas por los países;
m) Información sobre la manera en que el apoyo prestado y movilizado se destina a ayudar a los países en desarrollo en sus esfuerzos por alcanzar los objetivos a largo plazo del Acuerdo de París, entre otras cosas, brindándoles asistencia para que los flujos financieros lleguen a situarse en un nivel compatible con una trayectoria que conduzca a un desarrollo resiliente al clima y con bajas emisiones de gases de efecto invernadero;
n) Información sobre las medidas adoptadas para integrar las consideraciones relativas al cambio climático, incluida la resiliencia, en el apoyo al desarrollo;
o) Información sobre el modo en que el apoyo que se prestará a las Partes que son países en desarrollo contribuirá a fortalecer su capacidad.
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