Asuntos relacionados con el balance mundial

Decision 3/CMA.7

Asuntos relacionados con el balance mundial

Etiquetas 
Sesión 
CMA7
Year 
2025

Gender reference

4. Pide a las Presidencias de los órganos subsidiarios que, en consulta con las Partes, designen a dos cofacilitadores del diálogo, uno procedente de una Parte que sea un país desarrollado y otro, de una Parte que sea un país en desarrollo, teniendo en cuenta el objetivo del equilibrio de género;

Elaborated language

La Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París,

Recordando el artículo 14 del Acuerdo de París y las decisiones 19/CMA.1 y 1/CMA.5,

I. Modalidades del diálogo de los Emiratos Árabes Unidos sobre la implementación de los resultados del balance mundial

1. Acuerda que el diálogo de los Emiratos Árabes Unidos sobre la implementación de los resultados del balance mundial se celebrará en un espíritu de cooperación internacional, será facilitador y no prescriptivo, y respetará el principio de la determinación nacional y las diferentes circunstancias, trayectorias y enfoques de los países;

2. Decide que el diálogo facilitará el intercambio de experiencias e información sobre las oportunidades, los retos, los obstáculos y las necesidades, con énfasis en la provisión de financiación, el fomento de la capacidad, el desarrollo y la transferencia de tecnología y el refuerzo de la cooperación internacional como principales elementos facilitadores, referentes a la implementación de los resultados del balance mundial;

3. Decide también que el diálogo será organizado de manera eficiente y eficaz por las Presidencias de los órganos subsidiarios, con el apoyo de la secretaría;

4. Pide a las Presidencias de los órganos subsidiarios que, en consulta con las Partes, designen a dos cofacilitadores del diálogo, uno procedente de una Parte que sea un país desarrollado y otro, de una Parte que sea un país en desarrollo, teniendo en cuenta el objetivo del equilibrio de género;

5. Decide que el diálogo se celebre cada año coincidiendo con los períodos de sesiones 64º y 65º de los órganos subsidiarios en 2026 y 2027, tras lo cual concluirá;

6. Invita a las Partes, a los observadores y a los interesados que no son Partes, a los órganos constituidos en el marco de la Convención y/o del Acuerdo de París, o a su servicio, y a las organizaciones internacionales a que, como aportación al diálogo, presenten sus opiniones sobre las experiencias, las oportunidades, los retos, los obstáculos y las necesidades a través del portal destinado a las comunicaciones , a más tardar tres meses antes de cada diálogo;

7. Pide a los cofacilitadores del diálogo que preparen de forma oportuna, con el apoyo de la secretaría, un informe resumido, objetivo y no prescriptivo de cada una de las ediciones del diálogo, a partir de las aportaciones realizadas y los debates mantenidos en ellas;

8. Decide convocar, como parte del diálogo, una mesa redonda ministerial de alto nivel en su noveno período de sesiones (noviembre de 2027);

9. Decide también que los informes sobre el diálogo a que se hace referencia en el párrafo 7 supra servirán de aportación para el segundo balance mundial;

[...]

App Gender Climate Tracker para iOS y Android.

Descarga la app a tu móvil para acceder a la información de manera offline.

App Store   Google Play

¡Conviértete en Gender Climate Tracker!

Comparte documentos relevantes y  ayúdanos a mejorar la plataforma.

Únete a MGCC.